Callejeros

Miercoles
3 Diciembre
2008
Text size
  • Increase font size
  • Default font size
  • Decrease font size

Informe Especial sobre las violaciones a derechos humanos en el operativo News Divine

E-mail Imprimir PDF

M脡XICO :: CDHDF :: 8 de julio de 2008.

Discurso del Presidente de la Comisi贸n de Derechos Humanos del Distrito Federal,

Emilio 脕lvarez Icaza Longoria

Quiero iniciar manifestando mi m谩s profundo p茅same, externando un fuerte abrazo fraterno y solidario a las v铆ctimas y sus familias. Lo digo de inicio, fuerte y claro: lo sucedido, m谩s all谩 de conflictos pol铆ticos, tiene que ver con la gente, con los j贸venes y sus familias, con sus vidas, que quedaron trastocadas de forma brutal por los hechos del 20 de junio de 2008.

Este evento est谩 dedicado a la memoria de:

Erika Jannete Rocha Maruri, Alejandro Piedras Esquivias, Daniel Alan Ascorve Dom铆nguez, Isis Gabriela Tapia Barrag谩n, Rafael Morales Bravo, Mario Quiroz Rodr铆guez, Mario Alberto Ramos Mu帽oz, Leonardo Amador Rivas, Heredy P茅rez S谩nchez, Polic铆a preventiva Remedios Mar铆n Ruiz, Polic铆a Judicial Pablo Galv谩n Guti茅rrez, Polic铆a preventivo Pedro L贸pez Garc铆a.

Igualmente, mediante este acto queremos reivindicar la imagen de los padres y madres de las y los j贸venes, a quienes sin el menor respeto por la p茅rdida y el dolor que sufren, se les ha responsabilizado de estos hechos, cuando en realidad, son tambi茅n v铆ctimas.

Les pido ahora que guardemos un minuto de silencio.

La Comisi贸n de Derechos Humanos del Distrito Federal presenta ante ustedes dos informes especiales de los asuntos relacionados con los hechos ocurridos el viernes 20 de junio cerca de las 6 de la tarde, en la discoteca New's Divine ubicada en la Delegaci贸n Gustavo A. Madero (GAM).

Los informes que aqu铆 se presentan son resultado del esfuerzo realizado en pr谩cticamente 18 d铆as de trabajo interrumpido por cerca de 300 servidoras y servidores p煤blicos de esta Comisi贸n, en apego estricto al mandato constitucional y legal que tiene conferido.

El esfuerzo emprendido durante estos d铆as tiene sin duda un prop贸sito central: informar a quienes habitan y transitan en la ciudad de M茅xico, en el marco de nuestro mandato, de lo ocurrido en el Divine desde aquella tarde hasta la fecha.

A煤n con las diferencias entre los informes, particularmente por el car谩cter preliminar del segundo, debe se帽alarse que ambos tienen los mismos componentes, a saber: hechos, derechos violados y responsabilidades, lo que provoca un conjunto de convicciones en ambos documentos.

El primer informe tiene como prop贸sito documentar los acontecimientos sucedidos entre las 4 de la tarde del 20 y las 6 de ma帽ana del s谩bado 21 de junio. En 茅l aparecen las actividades del operativo dirigido por la UNIPOL-GAM en el que participaron la Secretar铆a de Seguridad P煤blica, la Procuradur铆a General de Justicia del Distrito Federal y la jefatura delegacional en Gustavo A. Madero. Contiene adem谩s el instrumento recomendatorio dirigido al jefe de gobierno Marcelo Ebrard Casaub贸n y al encargado de despacho de la jefatura delegacional en GAM, Luis Meneses Murillo.

El segundo informe es un trabajo de seguimiento y observaci贸n preliminar de la labor de la PGJDF a partir del inicio de las actividades ministeriales de la Fiscal铆a Desconcentrada en GAM y la agencia 50 del ministerio p煤blico hasta el tiempo presente.

Antes de dar paso a los resultados de ambos informes, quiero agradecer a los trabajadores de esta Comisi贸n quienes no solo han puesto de manifiesto su profesionalismo sino su compromiso con la causa de los derechos humanos, ejercido desde la independencia y en defensa de la autonom铆a que caracterizan a nuestra instituci贸n.

Lo vivido en estos d铆as, el dolor y la indignaci贸n que seguramente compartimos con amplios sectores de la poblaci贸n, pero especialmente con los familiares de la v铆ctimas, ser谩n un referente para todas y todos nosotros.

I. Convicciones del Informe Especial sobre Violaciones a los Derechos Humanos en el caso New's Divine. Julio de 2008.

Los resultados de la investigaci贸n realizada por la CDHDF demuestran que, como consecuencia del operativo realizado por la UNIPOL-GAM en la discoteca New's Divine , se violaron los derechos humanos de ni帽as, ni帽os, adolescentes, hombres y mujeres adultas, todos habitantes del Distrito Federal, y que de ello son responsables autoridades que involucran a los dos 贸rdenes del gobierno local.

Cabe se帽alar que estos resultados son el producto de una indagaci贸n seria, objetiva y exhaustiva, que nunca perdi贸 de vista a las v铆ctimas, y que se orient贸 en todo momento por la necesidad de generar certeza a la sociedad sobre las implicaciones que en materia de derechos humanos tiene lo que sucedi贸 el 20 de junio en el Divine .

Con esa perspectiva, a partir de la reconstrucci贸n detallada de los hechos ocurridos esa tarde, basados en la fuerza legal del principio de carga de la prueba favorable a la v铆ctima y con la autoridad moral que inviste a la instituci贸n del Ombudsman en esta ciudad, la CDHDF afirma que es su convicci贸n que:

1. La Jefatura Delegacional en Gustavo A. Madero es responsable de que el d铆a de los hechos, el Divine estuviera funcionando, y sin las condiciones de protecci贸n civil necesarias.

Algunas fuentes oficiales hicieron juicios apresurados que aventuraron que la responsabilidad de la tragedia era, en principio, del administrador del establecimiento y luego, de la Jefatura Delegacional en GAM. Sobre la responsabilidad del administrador no es competencia de este Organismo pronunciarse, pero en lo que cabe a la GAM , la investigaci贸n de la CDHDF demuestra que su responsabilidad se agota en el conjunto de irregularidades que se hallaron en los procesos administrativos que, por una parte, se帽alan que un servidor p煤blico de esa demarcaci贸n levant贸 ilegalmente una clausura definitiva al Divine y anul贸 la cancelaci贸n de la licencia de su propietaria; por la otra, que pudiendo hacerlo, verificadores de GAM decidieron no clausurar definitivamente el lugar en agosto de 2007. No son 茅stas, sin duda, cuestiones menores; de hecho, a trav茅s de la Recomendaci贸n que acompa帽a a este Informe hemos solicitado que se deslinden las responsabilidades a que haya lugar por estos hechos; pero igualmente, sin duda, nada permite afirmar que de ellos se derive responsabilidad alguna por el fatal desenlace que tuvo el operativo de la UNIPOL-GAM .

2. La planeaci贸n del operativo fue pensada, desde el inicio, para conseguir objetivos distintos de los que se han hecho expl铆citos.

Esta Comisi贸n acompa帽a todos los esfuerzos que hace el Gobierno de la ciudad para combatir la delincuencia; en especial nos hemos sumado y nos sumaremos a los que tengan como objetivo alejar el alcohol y las drogas de nuestras y nuestros j贸venes. Sin embargo, de ninguna manera seremos part铆cipes de pol铆ticas p煤blicas que utilicen a ni帽os, ni帽as, adolescentes y en general a ninguna persona, para el logro de otros fines, por m谩s elevados que estos sean. La investigaci贸n de la CDHDF tiene claro que el objetivo real del operativo fue el de asegurar a un grupo numeroso de personas de los que se supon铆a estaban siendo v铆ctimas de corrupci贸n de menores . Hoy est谩 claro que la autoridad sab铆a que la mayor铆a de esas personas eran preadolescentes cuya falta m谩s grave, en todo caso, era la de consumir cervezas. Sabemos tambi茅n que en el lugar no se encontraron drogas. Esta evidencia permite concluir que el objetivo real del operativo era la realizaci贸n de una redada.

3. La verificaci贸n realizada por la Jefatura Delegacional en Gustavo A. Madero fue el pretexto para que UNIPOL-GAM pudiera entrar al Divine sin una orden judicial.

De acuerdo con la investigaci贸n realizada por la CDHDF , los objetivos manifiestos del operativo habr铆an podido conseguirse por medios no violentos ni espectaculares y de hecho, sin necesidad de que interviniera la fuerza p煤blica. Que el objetivo real era el de realizar una redada lo confirma, por tanto, el hecho de que lo que se pretend铆a era ingresar intempestivamente al Divine , sin una orden judicial. La 煤nica posibilidad de hacerlo era utilizando como pretexto una verificaci贸n administrativa instruida al personal de GAM. M谩s all谩 de las implicaciones que ello tiene en materia de la soberan铆a delegacional, nuestra investigaci贸n demuestra el uso del recurso administrativo de la verificaci贸n para justificar la redada hecha en el Divine .

4. La redada de UNIPOL-GAM ten铆a como finalidad instrumentalizar a las y los j贸venes que ser铆an asegurados para utilizarlos como objeto de prueba del delito de corrupci贸n de menores.

Es notable la evidencia que demuestra que la utilidad de asegurar un numeroso grupo de j贸venes -presuntas v铆ctimas de la venta de alcohol y drogas- era el de utilizarlos como prueba viviente del delito que buscaban perseguir. Ello significa, como se ha dicho, degradar la condici贸n de persona de las y los j贸venes asegurados a la de instrumentos destinados a la persecuci贸n del delito. Demuestra, por otro lado, la ausencia total de un enfoque que privilegie el papel de este sector de la poblaci贸n como sujetos de derechos y como prioridad para el desarrollo de las pol铆ticas p煤blicas.

5. La planeaci贸n del operativo no previ贸 escenarios de riesgo; tampoco previ贸 una estrategia, ni equipo de auxilio, en caso de alguna contingencia.

El hecho de instrumentalizar ni帽as, ni帽os y adolescentes es de suyo grave, pero se agrava m谩s cuando, como lo demuestra la investigaci贸n de la CDHDF , teniendo la oportunidad de hacerlo, autoridades de la SSP no previeron que un operativo en el que se involucran ni帽as, ni帽os y adolescentes es de alto riesgo -no de riesgo menor como ellos mismos han dicho- y supone el m谩ximo de cuidados y medidas preventivas, de modo que se asegure que el estado cumpla, antes que con cualquier misi贸n, con su deber de cuidado y de garante de la vida de quienes, como lo se帽ala el inter茅s superior de la infancia y la adolescencia, debieron ser la prioridad.

6. El estado de fuerza considerado para el operativo fue desproporcionado y no se aseguraron medidas para su adecuada coordinaci贸n; por otra parte, el veh铆culo originalmente destinado al transporte de los asegurados fue insuficiente.

La investigaci贸n de la CDHDF demuestra que el estado de fuerza previsto no s贸lo era excesivo, sino que adem谩s estaba, de origen, condenado a la descoordinaci贸n. La falta de previsi贸n sobre las condiciones que asegurar铆an una acci贸n eficiente se demuestra en el hecho, aparentemente simple pero absolutamente relevante, de que ni siquiera los radios que usan las polic铆as de la PGJDF y de la SSP son compatibles. Tambi茅n destaca que, teniendo claro que quer铆an llevarse a un grupo muy numeroso de personas, se haya previsto s贸lo llevar un cami贸n para hacerlo. Con la sola falta de previsi贸n se puso en riesgo la vida y la integridad de muchas personas; desafortunadamente, esa consecuencia se actualiz贸 con desenlaces fatales.

7. La acci贸n de la polic铆a durante la ejecuci贸n del operativo cre贸 las condiciones para generar una trampa mortal.

Desde su planeaci贸n, el operativo fue pensado para que las y los j贸venes fueran desalojados a trav茅s de un dispositivo policial que, dada la forma en la que fue dise帽ado, estaba pensado para crear un embudo que dosificara su salida, con la finalidad de mantenerlos bajo control. Cada uno de los mandos cumpli贸 una funci贸n para que ello as铆 ocurriera. Aunque en efecto, la falta de camiones motiv贸 la decisi贸n de bloquear, mediante un numeroso grupo de agentes, la salida del lugar, ese dato se torna circunstancial si se tiene en cuenta que hab铆a otras opciones, entre ellas, la de simplemente dejar que las y los j贸venes quedaran en libertad. La acci贸n de la polic铆a, sus decisiones y los objetivos reales del operativo crearon una trampa que cobr贸 la vida, y hay que decirlo hasta el cansancio, de ni帽as, ni帽os y adolescentes que lo 煤nico que hac铆an era divertirse.

8. La muerte de las y los j贸venes, de las ni帽as y ni帽os, as铆 como de la y los servidores p煤blicos que fallecieron en el Divine fue producto de una acci贸n concertada.

La planeaci贸n del operativo y su ejecuci贸n hacen inaceptable la idea de que la tragedia del Divine fue el producto de un concierto de errores , como se ha dicho. Los agentes de la SSP actuaron conforme a sus instrucciones; el problema real es que tales instrucciones no fueron pensadas con el objetivo de proteger a las y los j贸venes, sino m谩s bien con el de victimizarlos. Los golpes, insultos, patadas y toletazos que recibieron de la polic铆a no deja duda al respecto: el operativo se realiz贸 conforme a las instrucciones que cada uno de los mandos ten铆a y que la consecuencia fatal se deriv贸 m谩s bien de un incremento en la intensidad con la que se llev贸 a cabo.

9. La atenci贸n de la crisis fue negligente y agrav贸 la situaci贸n en lugar de controlarla. La polic铆a prioriz贸 la atenci贸n a sus agentes sobre la que debi贸 dar a las y los j贸venes heridos y no fue sensible al dolor de los deudos y de las personas agraviadas.

Si la planeaci贸n y la ejecuci贸n del operativo son inaceptables, la manera negligente y desorganizada con la que se atendieron sus consecuencias no lo es menos. No s贸lo estamos hablando de la ya de suyo grave desatenci贸n de las y los heridos -tomar el pulso y verificar signos vitales no es, ni puede ser, equiparado a atender adecuadamente a las personas- sino de la manera irrespetuosa como se les trat贸, as铆 como de la insensibilidad para con las v铆ctimas sobrevivientes y con los deudos. Hay que decir que de ello no solo es responsable la polic铆a: el personal m茅dico y param茅dico del ERUM, los servidores p煤blicos del anfiteatro en el Ministerio P煤blico -y hay que a帽adir a quienes, a煤n d铆as despu茅s de la tragedia han insultado, amenazado e intentado acallar a las madres y los padres de las ni帽as y ni帽os victimados- tiene y debe tener un alto costo en t茅rminos de la 茅tica p煤blica que es esperable en un Estado y una sociedad democr谩tica.

10. No obstante que ya se conoc铆an los resultados fatales del operativo, la misi贸n sigui贸 adelante y continuaron las violaciones a los derechos humanos de las y los j贸venes retenidos.

Una vez producida la crisis m谩s grave, cuando ya era claro que hab铆a v铆ctimas fatales del operativo, las autoridades involucradas, a煤n en los m谩s altos niveles, permitieron y continuaron con las violaciones a los derechos de las y los j贸venes que fueron trasladados a tres sectores de la polic铆a y luego ante el Ministerio P煤blico. Se les retuvo contra su voluntad, se les priv贸 de la libertad, se les humill贸, fotografi贸, marc贸 con plumones y a las j贸venes se les desnud贸. Todos estos actos hacen visible la incapacidad del Gobierno de la ciudad para hacer valer la posibilidad de brindar una acci贸n afirmativa de car谩cter temporal que le exigen los instrumentos internacionales de la materia. Estos eventos no pueden considerarse como hechos aislados; configuran pr谩cticas sistem谩ticas e institucionalizadas que es imprescindible desmontar.

11. Para la CDHDF est谩 claro que la tragedia del Divine era totalmente evitable.

Los resultados de la investigaci贸n demuestran, como se ha dicho, que los objetivos manifiestos del operativo eran conseguibles por otros medios, menos espectaculares y sin violencia. Esa constataci贸n incrementa notoriamente la gravedad de los hechos y el nivel de las responsabilidades, porque pone de manifiesto que, en tanto que el operativo no estaba justificado, la tragedia era absolutamente evitable.

12. Diversas instancias del Gobierno de la ciudad incumplieron con su deber de colaboraci贸n con la CDHDF. En especial, la Secretar铆a de Seguridad P煤blica ocult贸 informaci贸n y obstaculiz贸 deliberadamente la investigaci贸n de este Organismo.

Como sucede con frecuencia, diversas instituciones del Gobierno de la ciudad mostraron actitudes y comportamientos que de diversas maneras dificultaron nuestra investigaci贸n. Sin embargo, esta Comisi贸n considera de la mayor relevancia se帽alar que la SSP ofreci贸 deliberadamente informaci贸n incompleta, ocultando con ello datos relevantes para la investigaci贸n. En concreto ello se refiere al video y fotograf铆as que nos fueron remitidas como 煤nicos registros gr谩ficos del operativo.

Para garantizar la objetividad de la investigaci贸n, la CDHDF someti贸 los videos a la opini贸n t茅cnica de expertos en la materia. Los resultados fueron en su mayor铆a coincidentes y se resumen en el video que a continuaci贸n presentamos.

Por su gravedad para esta Comisi贸n se genera la convicci贸n de que este ocultamiento es un atentado grave al derecho a la verdad por ello en el instrumento recomendatorio se solicita que se investiguen las responsabilidades que de ley se deriven por estos actos.

Los hechos reci茅n descritos son violatorios de los siguientes derechos:

  • Derecho a la vida
  • Derecho a la integridad personal
  • Derecho a la libertad y seguridad personales
  • Derecho a la salud
  • Derecho a la seguridad jur铆dica
  • Derechos de las mujeres
  • Derechos de ni帽as, ni帽os y adolescentes
  • Derecho a la honra y a la dignidad

Por todo lo anterior, la CDHDF emite 40 Puntos Recomendatorios, de los cuales 34 son dirigidos al Jefe de Gobierno (al Secretario de Seguridad P煤blica, al Procurador y al Director del Instituto de la Juventud ) y 6 al Director General Jur铆dico de Gobierno, encargado del Despacho de la Jefatura del despacho en la Delegaci贸n Gustavo A. Madero.

Como medidas de reparaci贸n del da帽o, se recomienda que el Jefe de Gobierno y el encargado del Despacho de la Delegaci贸n Gustavo A. Madero dirijan una disculpa p煤blica a las personas que sufrieron alg煤n da帽o f铆sico y psicol贸gico durante el operativo, as铆 como a los familiares de las personas que fallecieron. En el caso del Jefe de Gobierno, deber谩 realizarse un evento en el que est茅n presentes el Secretario de Seguridad P煤blica y el Procurador, y cuyo texto se publique en los medios impresos nacionales. Adem谩s de lo anterior, el Jefe de Gobierno deber谩 reparar los da帽os materiales y morales que se derivaron del operativo.

En lo estructural, se solicita dise帽ar pol铆ticas p煤blicas dirigidas a j贸venes y mujeres; as铆 como de seguridad p煤blica y procuraci贸n de justicia.

II. Convicciones del Informe Especial sobre Violaciones a los Derechos Humanos en la Procuraci贸n de Justicia en el Caso New's Divine (Avance de Investigaci贸n) Julio 2008.

Este segundo Informe aborda, de forma preliminar, el actuar de la PGJDF en su labor investigadora de los hechos ocurridos el 20 de junio pasado en la discoteca New's Divine . Al respecto, cabe advertir que la tarea de la procuraci贸n de justicia exige adem谩s de las labores propias de la investigaci贸n criminal, atender profesionalmente las necesidades de las v铆ctimas y garantizar los derechos de las partes involucradas.

Antes de abordar los resultados de la investigaci贸n realizada, se considera necesario destacar los principales obst谩culos que esta Comisi贸n enfrent贸 en la documentaci贸n de los hechos: i) constantemente se nos negaba el acceso a la indagatoria y cuando solicit谩bamos informaci贸n respecto de actuaciones espec铆ficas, las respuestas eran evasivas; y ii) la informaci贸n que solicitamos, como la averiguaci贸n previa, se nos envi贸 a destiempo y otra se nos remiti贸 de forma incompleta. Ello evidencia una falta de colaboraci贸n por parte de la PGJDF , con la investigaci贸n realizada por este Organismo.

No obstante, la investigaci贸n de esta Comisi贸n gener贸 suficientes elementos de convicci贸n para afirmar que durante los primeros 15 d铆as de su investigaci贸n, la PGJDF ha violado diversos derechos humanos relacionados tanto con el derecho a una adecuada procuraci贸n de justicia, como de los derechos de las v铆ctimas y algunos de las personas que han declarado en la indagatoria en calidad de testigos y probables.

Ahora, tomando en consideraci贸n que tal como se desprende del Informe presentado con anterioridad, las v铆ctimas en los hechos fueron doble y triplemente victimizadas: por los servidores p煤blicos que participaron en las distintas etapas del operativo; por el personal ministerial que debi贸 haber sido el garante de sus derechos y en su caso por los particulares. Resulta preciso en un primer momento abordar las violaciones en que la PGJDF incurri贸 en su agravio.

Derechos de las v铆ctimas.

En el presente caso, a pesar de la condici贸n de v铆ctimas de las personas menores de edad -y de sus caracter铆sticas especiales-, las autoridades de la PGJDF no tomaron las medidas adecuadas para garantizar sus derechos.

Lo anterior se advierte en distintos momentos y en diversas acciones u omisiones:

1. No obstante que el personal ministerial que en un primer momento dio inicio a la indagatoria estuvo presente en el lugar de los hechos y por ende tuvo conocimiento de que un gran n煤mero de personas menores de edad y j贸venes podr铆an encontrarse en situaci贸n de peligro, puesto que tras el desalojo de la discoteca, la SSP les subi贸 a camiones -sin que se advierta que se haya brindado informaci贸n alguna respecto de su destino-, omitieron realizar alguna acci贸n tendente a ubicarlos y/o a garantizar su inter茅s superior.

Fue hasta 9 horas despu茅s que se asent贸 la primera constancia en la indagatoria relacionada con ellos. Llama la atenci贸n que, independientemente de la presencia de la Fiscal para Menores en la 50 Agencia cuando las personas menores de edad fueron trasladadas a ese lugar, no existen constancias de que se haya realizado alguna acci贸n con la finalidad de brindarles protecci贸n.

2. Las ni帽as y ni帽os que fueron puestos a disposici贸n de las autoridades ministeriales nuevamente fueron "objetivizados", en virtud de que se les retuvo, no como sujetos de derechos, sino como medios de prueba para la acreditaci贸n del tipo penal de corrupci贸n de menores.

3. La falta de informaci贸n oportuna a las v铆ctimas y a sus familiares sobre los motivos de su presencia y permanencia en las instalaciones ministeriales.

4. Se indujo la declaraci贸n de las v铆ctimas y se inhibi贸 su derecho a denunciar.

5. En la Coordinaci贸n Territorial GAM-8 un m茅dico var贸n realiz贸 la certificaci贸n de lesiones y edad cl铆nica de 10 v铆ctimas, todas ellas mujeres. De 茅stas, s贸lo dos eran mayores de edad. En ninguno de los casos se cont贸 con la autorizaci贸n de los padres, madres o tutores. Una v铆ctima se帽al贸 al respecto: ".le caus贸 mucha molestia, no entiende para qu茅 las desvistieron y m谩s estando un hombre presente. Se siente agraviada en su intimidad. ni mi mam谩 me ve desnuda, por qu茅 me ten铆an que ver otras personas, yo les dije que no ten铆a ning煤n golpe".

6. En la 50 Agencia, se someti贸 a todos los j贸venes y ni帽os (varones) a un examen toxicol贸gico -para lo cual les fue requerida una muestra de orina-, con la finalidad de detectar el consumo de alcohol y drogas. Ello tambi茅n sin la autorizaci贸n de sus madres, padres o tutores.

No obstante lo anterior, para esta CDHDF no pasa por alto el importante esfuerzo que tras los hechos que originaron las indagatorias motivo de este Informe, ha realizado la Subprocuradur铆a de Atenci贸n a V铆ctimas del Delito, a fin de brindar una adecuada atenci贸n victimol贸gica. Si bien en su actuaci贸n se han advertido tambi茅n algunas deficiencias o fallas , de no ser por su intervenci贸n, el estado de vulnerabilidad e incertidumbre de las v铆ctimas ser铆a mayor.

Derecho a una adecuada procuraci贸n de justicia.

Si bien derivado de las actuaciones que hasta el momento se han realizado en la integraci贸n de la indagatoria diversas personas ya han sido consignadas, existen algunas circunstancias que rodean la investigaci贸n de la PGJDF que nos generan preocupaci贸n:

1. La falta de especializaci贸n (en raz贸n de materia) del personal a cargo de las averiguaciones previas. Derivado de la normatividad interna de la PGJDF se帽ala que los hechos materia de esta investigaci贸n debieran investigarse en una Fiscal铆a Especializada (ya sea en homicidios dolosos o en delitos cometidos por servidores p煤blicos en el ejercicio de sus funciones); la Agencia 50 no es especializada en alguna materia.

2. La falta de coordinaci贸n y uniformidad entre el personal ministerial que ha intervenido en la investigaci贸n. La Agencia 50 no cuenta con mesas de tr谩mite, sino con "turnos", lo que impide la existencia de personal ministerial "fijo" a cargo de las investigaciones. Adem谩s, el personal ministerial con que cuenta tal agencia es insuficiente para recabar el n煤mero de declaraciones que esta indagatoria ha requerido.

Por ello, bajo el argumento de la "unicidad" del Ministerio P煤blico, ha recurrido a personal de otras 谩reas de la PGJDF para este fin. No obstante, las acciones de investigaci贸n no han sido coordinadas y uniformes; hasta el momento ha existido una pr谩ctica constante en esta investigaci贸n de que el personal a cargo de las diligencias desconozca el contenido y contexto de la investigaci贸n y/o que sin justificaci贸n alguna aplique o no cuestionarios espec铆ficos a los comparecientes. Ello ocasiona que en ocasiones se recaben declaraciones incompletas (por lo que se requiere de m谩s de una ampliaci贸n de tales declaraciones).

3. Existe parcialidad y falta de exhaustividad en la investigaci贸n. De la investigaci贸n realizada se advierte que en un primer momento se intent贸 inculpar 煤nicamente al personal del establecimiento mercantil. Posteriormente, la actitud investigadora cambi贸 para dirigirse ahora a algunos servidores p煤blicos de la SSP ; favoreciendo en lo general a miembros de la PGJDF que participaron en los hechos, aplicando las reglas del debido proceso en forma diferenciada para inculpar o exculpar a determinadas personas. M uestra clara de lo anterior es:

i) La diferencia que se observ贸 en el trato que se brind贸 a los testigos de la PGJDF y los 12 mandos de la SSP. Mientras a estos 煤ltimos se les retuvo en la agencia por cerca de 36 horas antes de cambiarles a algunos su calidad jur铆dica y posteriormente decretar su retenci贸n; al personal de la PGJDF que acudi贸 a declarar y posteriormente fue consignado, se le permiti贸 retirarse de la agencia en el momento.

ii) La diferencia en cuanto a la exhaustividad con que se ha tomado el testimonio del personal de las distintas dependencias.

iii) S e tiene constancia de que se espos贸 a cuatro elementos de la SSP a sus sillas al momento de rendir su declaraci贸n.

iv) Las primeras dos ocasiones en que se recab贸 la declaraci贸n del personal ministerial y de Polic铆a Judicial en Gustavo A. Madero, se pretendi贸 que otros elementos de la misma Fiscal铆a fueran los que recabaran su declaraci贸n. La segunda ocasi贸n no ocurri贸 derivado de la intervenci贸n de esta CDHDF.

v) No obstante, la primera de las veces se lleg贸 al absurdo de que la agente del Ministerio P煤blico que se encontraba en turno y que inici贸 la indagatoria y comenz贸 a realizar las acciones de investigaci贸n, habiendo presenciado los hechos, recab贸 su propia declaraci贸n.

Derechos de las personas que han intervenido en la averiguaci贸n previa en calidad de testigos y probables responsables.

Aunado a lo anterior y sin perjuicio de los derechos de las v铆ctimas, esta CDHDF ha documentado una serie de violaciones a los derechos humanos de las personas que han sido presentadas ante la PGJDF ya sea en calidad de probables responsables o testigos de los hechos. Tales cuestiones se resaltan -entre otros motivos- por la trascendencia que pudieran tener respecto de la investigaci贸n de los hechos, puesto que se tiene la preocupaci贸n de que se provoquen hechos irreversibles que puedan incidir, entre otros, en los derechos a la verdad y a la adecuada procuraci贸n de justicia. En particular, se han vulnerado los siguientes derechos:

1. Derecho a la libertad e integridad personales. Durante la integraci贸n de las averiguaciones previas -en varios de los casos- se ha retenido a los testigos durante periodos prolongados de tiempo (incluso por m谩s de 30 horas continuas), en los que les recaba su declaraci贸n en diversas ocasiones, sin que dichas personas puedan retirarse.

En algunos de los casos, posterior al tiempo que permanecieron en calidad de testigos, se les cambi贸 su calidad a la de probables responsables y fueron retenidos hasta 48 horas en la agencia, a disposici贸n de las autoridades ministeriales. Durante ese tiempo, en ocasiones se les priv贸 del sue帽o, violentando su derecho a la integridad personal.

2. Derecho a la seguridad jur铆dica y a las garant铆as de debido proceso. Una pr谩ctica constante durante la investigaci贸n ha consistido en citar a las personas en calidad de testigos y posteriormente cambiar su calidad jur铆dica, sin notific谩rselos formalmente, por lo que han permanecido en la agencia sin tener la certeza de su situaci贸n jur铆dica y, en su caso, la acusaci贸n formulada en su contra . Relacionado con lo anterior, varios de los acuerdos dictados en la indagatoria han sido elaborados a destiempo.

Por otra parte, algunas de las pruebas recabadas, como la confronta, han carecido de las formalidades m铆nimas. En el caso de esta prueba, se observ贸 que previo a identificar a alg煤n servidor p煤blico (al que presentaban solo), el personal ministerial indicaba a las v铆ctimas que 茅l ya hab铆a confesado haber participado en los hechos, entre otros comentarios similares.

Derecho a la verdad

1. El presente Informe es preliminar; da cuenta de los avances en la investigaci贸n de los hechos, pero tambi茅n de las circunstancias que est谩n entorpeciendo la debida integraci贸n de las averiguaciones previas. Tales circunstancias son estructurales, constantes y sistem谩ticas, no accidentales y espor谩dicas.

2. De no tomarse medidas urgentes y precisas para corregir las problem谩ticas expuestas en este documento, se corre el riesgo de causar un da帽o irreparable al derecho a la verdad a que tienen derecho las v铆ctimas y la sociedad, dejando a algunos de los responsables del caso en la impunidad.

III. Mensaje Final.

Los hechos que motivan la presentaci贸n de estos Informes Especiales, generan una gran indignaci贸n, rabia e impotencia; porque adem谩s de su gravedad, desde hace a帽os en distintos momentos esta Comisi贸n de Derechos Humanos del Distrito Federal ha venido haciendo se帽alamientos que no fueron atendidos por las autoridades competentes.

Estos acontecimientos son un ejemplo emblem谩tico del deterioro de las instituciones, pues reflejan de manera descarnada la incapacidad del Estado para proteger a las y los ciudadanos. Son evidencia de una concepci贸n en torno a la seguridad p煤blica y procuraci贸n de justicia que no tiene en el centro de su concepci贸n el respeto a los derechos humanos, ni a las ciudadanas y ciudadanos como eje de su acci贸n.

Constituye tambi茅n una dolorosa confesi贸n de los servidores p煤blicos que participaron en el operativo y en el dise帽o de este tipo de acciones y pol铆ticas, el no concebir a las polic铆as como parte de las instituciones de la democracia, con espec铆fica responsabilidad de tutelar el derecho a la seguridad y con el fundamental mandato del ejercicio del monopolio de la fuerza p煤blica.

Estos hechos son un ejemplo de c贸mo desde la pol铆tica de seguridad se criminaliza a los j贸venes, en particular a los pobres. De hecho, con una enorme ausencia de integralidad, estas pr谩cticas, atentan gravemente contra los Derechos Civiles y Pol铆ticos y se contraponen frontalmente a otros importantes y significativos esfuerzos del gobierno de la ciudad en materia de ejercicio de los Derechos Econ贸micos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) para las y los j贸venes.

Nunca en la historia de M茅xico han existido tantos j贸venes, esto representa una extraordinaria riqueza y oportunidad. Es lo que los especialistas consideran como bono demogr谩fico, es un contexto privilegiado, una ventana de oportunidad que tenemos que aprovechar al m谩ximo. Por esta y otras razones es relevante dar una mirada estructural y general a los hechos ocurridos el 20 de junio en la discoteca New 麓s Divine y d铆as posteriores. As铆, los mensajes que se desprenden de estos hechos provocan extraordinaria preocupaci贸n: la evidente incomprensi贸n de la situaci贸n de los j贸venes; el verlos como una amenaza y un problema; como objeto del derecho y no como sujetos de derechos.

Estos mensajes alarmantes, que no s贸lo vienen de lo acontecido en el Divine , sino de las acciones que diferentes niveles de gobierno, incluso cuando tratan de protegerlos, terminan por revictimizarlos, poni茅ndolos a煤n m谩s en riesgo.

Es indispensable que el Estado busque distintas maneras de garantizar a los j贸venes el pleno ejercicio de sus derechos evitando reproducir en su relaci贸n con ellos el falso dilema entre seguridad y derechos.

Es impresionante ver como a lo largo de todo el operativo las violaciones no se detienen, por el contrario, crecen, se multiplican y acent煤an. Ni los procedimientos, ni la formaci贸n, ni la 茅tica sirvieron como contenci贸n a tan dolorosas muestras de brutalidad polic铆aca y abuso de autoridad, esto es muestra contundente de lo que se llama: violencia institucional e institucionalizada.

Los acontecimientos muestran tambi茅n, de manera descarnada, criterios discriminatorios en la actuaci贸n de la autoridad, que afectan gravemente el ejercicio de los derechos de las personas en situaci贸n de riesgo, pobreza y/o marginaci贸n.

Por eso es que hechos como los que hoy exponemos indignan m谩s, justamente porque se observa la acci贸n contra las y los m谩s d茅biles, las y los m谩s pobres y en particular, contra las mujeres. Una vez m谩s, a las mujeres les va peor.

Dado que hubo un patr贸n sistem谩tico de abusos, malos tratos y negligencia por parte de las polic铆as, cabe preguntar, si en los hechos y m谩s all谩 de lo que establecen las normas, en la pr谩ctica ha logrado instaurarse un r茅gimen de costumbre dentro del cual se permite a las polic铆as maltratar, vejar, humillar, asaltar, amenazar e intimidar a los ciudadanos, en particular cuando pertenecen a sectores desfavorecidos o son j贸venes y ni帽as o ni帽os.

Es indispensable una profunda labor de reconstrucci贸n de la confianza en las instituciones y las personas que trabajan en la seguridad p煤blica y procuraci贸n de justicia. Exist铆an ya elementos de una relaci贸n basada en la desconfianza de los ciudadanos; ahora adem谩s de ello, para muchas personas, en particular las y los j贸venes, se agrega el agravio y el dolor.

Es imprescindible aprender de esta traum谩tica experiencia, se tiene que dar un cambio radical en la pol铆tica p煤blica de seguridad y justicia y asumir un modelo que privilegie la labor preventiva y que haga a un lado la visi贸n y comportamiento represivo.

Lo que las y los j贸venes requieren son espacios, oportunidades de desarrollo y una pol铆tica p煤blica que se sustente en el ejercicio de sus derechos de manera integral, que incorpore los Derechos Civiles y Pol铆ticos, con los Derechos Econ贸micos, Sociales, Culturales Ambientales (DESCA). S贸lo as铆 se supera el falso dilema de unos derechos por otros y se puede armonizar acciones de autoridad que son a煤n hoy francamente contradictorias.

Resulta fundamental escuchar a las y los j贸venes, entenderlos, hablar con ellos y ellas y construir desde y con los j贸venes, las pol铆ticas p煤blicas que se requieren. Sobre todo existe una enorme necesidad de espacios seguros para ellos, donde ejerzan su libertad y puedan encontrarse.

Antes del mensaje final, perm铆tanme agradecer a todas y todos los que confiaron en esta Comisi贸n, en especial a las v铆ctimas, a las familias que nos compartieron sus testimonios, dolores y esperanzas. A las y los j贸venes que nos compartieron su dolor, su rabia, su indignaci贸n; a los medios de comunicaci贸n, una vez m谩s nuestros ojos y o铆dos, que nos compartieron su trabajo profesional; a las Organizaciones de la Sociedad Civil, en particular, a Cauce Ciudadano y Marabunta, puentes de confianza invaluables con las v铆ctimas y j贸venes.

Quiero agradecer al Consejo de la Comisi贸n su apoyo e inteligencia colectiva y cr铆tica, indispensable en la causa de los derechos humanos. Deseo agradecer en particular al personal de la Comisi贸n ; han sido d铆as de una extraordinaria demanda, pero de una formidable respuesta institucional. Sin su apoyo, estos informes simplemente habr铆an sido imposibles.

Quiero hacer saber a quienes habitan y transitan en esta ciudad y que pagan nuestro sueldo, que pueden sentirse orgullosos de contar ahora con un Servicio Profesional de Derechos Humanos como el que tiene esta Comisi贸n. El Servicio es garante de consolidaci贸n institucional, y una apuesta estrat茅gica para reforzar la confianza de las personas en nuestra instituci贸n y construir una aut茅ntica Defensor铆a del Pueblo.

Se帽oras y Se帽ores:

Las y los habitantes de la ciudad de M茅xico tienen un claro compromiso por el respeto a los derechos humanos. Esto se debe a m煤ltiples razones, algunas de ellas tienen que ver con que el Distrito Federal ha sido escenario y testigo de graves violaciones a los derechos humanos, 茅stos hechos contribuyeron a forjar un temple y una clara vocaci贸n por su respeto y promoci贸n. Lo anterior explica, s贸lo en parte, la tremenda indignaci贸n que causan estos sucesos.

En congruencia con esa conciencia por los derechos humanos. En honor a la memoria de las mujeres y hombres que lucharon, incluso ofrendando su vida, para que esta ciudad y pa铆s se respeten, no como concesi贸n, sino precisamente como obligaci贸n del Estado. En atenci贸n al legado de personas como Heberto Castillo y Benita Galeana, y decenas de miles m谩s que hoy siguen con esta lucha, es que el Gobierno del Distrito Federal debe responder.

Sabemos que en ocasiones, en otros niveles de gobierno y en otras entidades la respuesta a violaciones a los derechos humanos es la impunidad. Ese no puede ser el caso el Distrito Federal. Por su lucha democr谩tica, por su papel como capital de la Rep煤blica, pero sobre todo en atenci贸n a las v铆ctimas, no hay otro camino que la justicia.

Hoy, la construcci贸n de la esperanza, pasa indispensable y necesariamente por la verdad, la justicia y la reparaci贸n del da帽o.

Por un asunto de 茅tica y congruencia institucional y personal, porque estamos cumpliendo con nuestro mandato, porque no hay razones de orden alguno que justifiquen el proceder de los servidores p煤blicos en torno a este caso, porque compartimos el dolor y la indignaci贸n, porque existe evidencia plausible que sustenta nuestras convicciones, por nuestra historia y por nuestra memoria: estamos del lado de las victimas y junto con ellas, a su lado demandamos justicia.

Esta Instituci贸n no tiene facultades para sancionar o para destituir a servidor p煤blico alguno, lo que s铆 queremos decir, en plena convicci贸n y en atenci贸n a nuestra responsabilidad constitucional es que esta Comisi贸n de Derechos Humanos del Distrito Federal, Organismo P煤blico Aut贸nomo, tiene la plena convicci贸n que se cometieron graves violaciones a los derechos humanos de car谩cter individual, colectivo y estructural.

Esto implica diferentes niveles de responsabilidad, pero sobre todo afirmamos, categ贸ricamente, que a la luz de los derechos humanos, los titulares de las tres entidades p煤blicas relacionadas con los hechos en la discoteca New's Divine ; esto es, Joel Ortega Cuevas, Rodolfo F茅lix C谩rdenas y Francisco Chiguil Figueroa tienen cuando menos una responsabilidad 茅tica ineludible.

Creemos que con todo lo aqu铆 expuesto y sustentado con los informes que ahora est谩n a disposici贸n del Jefe de Gobierno del Distrito Federal Marcelo, Ebrard Casaub贸n, tiene elementos eficientes y suficientes para tomar las decisiones que, en los distintos 谩mbitos y niveles, le corresponden.

Uno de los padres de las v铆ctimas fatales dijo:

..." perder a un hijo es innombrable. no lo puede uno asimilar. m谩s ahora que estamos solos. No hay palabras para describir el dolor que siento. la mala intervenci贸n de la autoridad no s贸lo acab贸 la vida de mi hijo, sino tambi茅n con la nuestra... se queda un hueco que jam谩s vamos a poder llenar.

No hay como pagarlo. pero s铆 como evitarlo, evitar otra pena, otro dolor a otra mam谩."

La 煤nica forma de que esto no ocurra, es reorientando de ra铆z a las instituciones de seguridad p煤blica y de procuraci贸n de justicia. Que haya una muestra de condena radical por parte de quienes encabezan el Gobierno, para que estos hechos reprobables nunca m谩s sucedan.

Tenemos la esperanza, a煤n en medio del dolor, que la muerte de estas personas cuya memoria queremos aqu铆 honrar, no haya sido en vano. Que sea 茅ste el punto de quiebre para la transformaci贸n profunda que nuestras instituciones demandan con urgencia. Que nunca m谩s tengamos que lamentar en nuestra ciudad hechos como los que hoy nos duelen y nos averg眉enzan profundamente.

Nunca m谩s.

Muchas Gracias

Consulta AQU脥 los diferentes recursos que la CDHDF sistematiz贸 para documentar este caso

 

Video de la Semana

Encuentro Internacional

Visita al Centro Toxicol贸gico Venustiano Carranza

article thumbnail Un grupo de integrantes del Encuentro, conformado por dos bolivianas, un ecuatoriano y tres portuguesas, visitaron el centro toxicol贸gico de Pantitl脿n con el fin de establecer lazos entre los...
Leer m谩s...

Otros Art铆culos

Multimedia

Conferencia Infancia y Nuevas Tecnolog铆as: Iv谩n Rodr铆guez

article thumbnailEscucha los audios de la conferencia de Iv谩n Rodr铆guez, soci贸logo de la infancia, sobre Infancia y Nuevas Tecnolog铆as, que dio el pasado 27 y 28 de agosto de 2008 en nuestro pa铆s.
Leer m谩s...

Otros Art铆culos

Comunidad

Derechos de las poblaciones callejeras / Documento de Trabajo

article thumbnailEl Diagn贸stico de Derechos Humanos del Distrito Federal fue presentado en mayo de 2008; el compromiso del Comit茅 Coordinador es traducir el Diagn贸stico en el Programa de Derechos Humanos del...
Leer m谩s...

Otros Art铆culos